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Estudiantes inactivos y no graduados de Unitrópico podrán terminar sus estudios
Una oportunidad de titulación a estudiantes inactivos y no graduados de los programas curriculares en pregrado y posgrado de Unitrópico, se definió a través de la aprobación del acuerdo No. 188 del 25 de julio de 2019.
El régimen de amnistía transitoria que estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2020, tiene por objeto beneficiar a las personas que abandonaron la institución después de terminar su plan de estudio, pero no culminaron su requisito de opción de grado o no pagaron continuidad, es decir que no renovaron su matrícula académica en los términos señalados por el reglamento estudiantil y perdieron la calidad de estudiante.
Sin embargo, el documento deja como condición que no podrán acceder a este beneficio del programa académico transitorio o amnistía, las personas con sanción disciplinaria de suspensión o sanción disciplinaria de expulsión. Igualmente, los estudiantes deben tener en el momento de su retiro un promedio acumulado o superior a 3.0.
Esta oportunidad, también podría beneficiar a los jóvenes de otras universidades del país, que presenten certificaciones del registro de notas con promedio ponderado, que evidencie el programa académico al que pertenecía, nombre de asignaturas y contenidos curriculares.
Requisitos
Para ingresar bajo las disposiciones del regimen de amnistía los aspirantes deberán cumplir con los siguientes requisitos:
- Realizar la solicitud ante el programa académico en los terminos que señale el calendario de amnistía.
- En caso que el registro SNIES del programa académico al que el aspirante se ha postulado no esté vigente este podrá culminar su formación académica en otra disciplina afín siempre y cuando realice el proceso de transferencia internade los cursos pertinentes al anterior programa académico al que se encontraba adscrito o matrículado.
- Que el aspirante haya sido estudiante de pregrado o posgrado de Unitrópico.
- El aspirante que desea ser beneficiario de la amnistía deberá realizar la solicitud ante el programa académico en los términos que señale el calendario académico de amnistía.
- El de Consejo de Facultad en los términos señalados en el calendario académico de amnistía en primera instancia decidirá la admisión o no del aspirante del beneficio de amnistía.
- Acogerse a las disposiciones del reglamento estudiantil vigente y los nuevos planes de estudio aprobados por el Ministerio de Educación Nacional.
- Estar a paz y salvo con la institución por todo concepto.